El Estado Plurinacional de Bolivia regulará, supervisará y controlará todas las formas y niveles del deporte en el país, según la Ley del Deporte que promulgó ayer el presidente Evo Morales.
El documento, de 73 artículos, regula el funcionamiento de las federaciones y dice que deben presentar informes financieros anuales sobre el manejo de recursos económicos públicos y privados.
También limita el tiempo de gestión de los dirigentes a cuatro años con posibilidad de una reelección y restringe su campo de acción, a una sola federación por vez.
Y en el caso del deporte profesional, instruye la incorporación de los futbolistas al régimen laboral.
En un principio, la elaboración de este instrumento, que permitirá al Estado tener tuición sobre los sistemas de configuración de las organizaciones deportivas y su administración de recursos humanos y económicos públicos e incluso privados, tuvo resistencia por parte de dirigentes deportivos.
Sin embargo, el documento prosperó en su aprobación tanto en Diputados como en Senadores luego de una serie de acuerdos que el Gobierno alcanzó con las distintas federaciones y bajo la promesa de ajustar la normativa gracias a una socialización y elaboración conjunta de su reglamentación.
Pese a ello, todavía existen instancias como las asambleas departamentales de deportes y el mismo Comité Olímpico Boliviano (COB) que cuestionan la ley y aseguran que vulnera normativa internacional. Sobre todo la relacionada con la independencia de gestiones como la selección de deportistas y la elección de sus dirigentes.
En el caso del fútbol (abanderado del deporte profesional y número uno en preferencia en el país), no se produjo una reacción de rechazo tal como se preveía. Los dirigentes del balompié nacional acordaron trabajar de manera conjunta con el Ministerio de Deportes, la elaboración de un reglamento especial que esperan, no sea contrario a la normativa internacional de la FIFA.
La Ley del Deporte faculta al Estado actuar directamente sobre el control de la economía de las federaciones deportivas.
En su artículo 30 referido a informes de gestión, indica que las federaciones deben “presentar anualmente sus estados financieros auditados, así como toda la información pertinente” para su control. Además de “informar sobre el manejo de los recursos” ya sean estos “públicos o privados. Así como todos lo beneficios obtenidos por sus asociados, miembros o integrantes”.
Sobre los jugadores profesionales, dice que gozarán de “todos los derechos y beneficios que la legislación laboral reconoce”.
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